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Cuando decides iniciar una actividad económica, una de las primeras acciones que tienes que a llevar a cabo es valorar las diferentes opciones que existen para dar de alta tu negocio.

Elegir entre autónomo, formar una comunidad de bienes o constituir una sociedad o PYME, es uno de los quebraderos de cabeza de la mayoría de los nuevos empresarios. Por eso, lo ideal es que primero te informes de las ventajas y desventajas de cada una de ellas.

Contacta con un profesional del asesoramiento para que te ayude con la decisión. Un asesor que te explique todas las obligaciones fiscales con las que tendrás que cumplir en cada caso.

Si finalmente has optado por constituir una PYME, recuerda también informarte sobre las condiciones que tendrías que cumplir para pasar de PYME a Gran Empresa.

Generalmente no se suele hacer esta consulta, de ahí la sorpresa cuando recibes la llamada de tu asesor y te comunica que has obtenido la condición de Gran Empresa y que tus obligaciones fiscales, laborales y contables han cambiado.

Condiciones para ser considerado Gran Empresa

La Agencia Tributaria establece que: "tienen la condición de Gran Empresa, aquellos sujetos pasivos cuyo volumen de operaciones, calculado conforme a lo dispuesto en el artículo 121 de la Ley del IVA, hubiese excedido durante el año natural inmediato anterior los 6.010.121,04 euros, incluso cuando desarrollen su actividad fuera del territorio de aplicación de este impuesto. Dichos sujetos pasivos formarán el Registro de Grandes Empresas, dentro del Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores".

La mayoría de las asesorías y despachos profesionales utilizan para el desempeño de su trabajo, software de contabilidad y fiscalidad con los que controlar, entre otras cosas, este límite. Se trata de programas fiscales, y Se trata de programas contables específicos para la preparación de impuestos, adaptados a la normativa y a las constantes actualizaciones.

En cualquier caso, como gerente o máximo responsable del buen funcionamiento de tu negocio, debes estar al tanto de todo lo que pueda afectar a tu actividad económica.

Por eso, te vamos a contar cuáles son las obligaciones fiscales para una Gran Empresa, de modo que luego no te lleves una sorpresa, porque la situación cambia mucho.

Suministro Inmediato De Información - Portal SII

Obligaciones fiscales para una Gran Empresa

  • Declaración censal: Lo primero que debes saber es, que si has alcanzado la condición de Gran Empresa, tendrás que notificarlo a la Agencia Tributaria mediante modelo 036. En concreto mediante el trámite "Modificación de la condición de Gran Empresa o Administración Pública de presupuesto superior a 6 millones de euros."
  • Autoliquidaciones y declaraciones mensuales: Pasarás de presentar los impuestos trimestralmente a realizarla de forma mensual. Hablamos tanto del IVA (modelo 303) como de las retenciones (modelos 111, 115, 123 y 216 entre otros).
  • Suministro inmediato de información (SII): Esta es una de las obligaciones fiscales a las que más trabajo cuesta adaptarse. Implica suministrar a la Agencia Tributaria las facturas emitidas y recibidas, en un plazo de 4 días, desde que se expiden, (para el caso de las facturas emitidas) o desde que se registran, (para el caso de las facturas recibidas). Lo bueno de este sistema SII, es que la empresa queda excluida de presentar el resumen anual de IVA modelo 390, el modelo 347 (declaración anual de operaciones con terceras personas) y el 340 (operaciones incluidas en los libros de registro).
  • Modelo 202: Pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades. Si eres Gran Empresa, estarás obligado a calcularlo sobre la base imponible del año en curso y no sobre la cuota íntegra de períodos anteriores.
  • Como ves, son muchos los cambios a tener en cuenta al pasar de PYME a Gran Empresa. Por eso, si quieres tenerlo todo controlado, prueba el software fiscal CAIFIS. Un programa de gestión fiscal, eficaz y seguro para tu negocio.


    Lunes 13 de septiembre de 2021


    #pyme #GranEmpresa #fiscal




    Silvia de Lama Toledo

    Silvia de Lama Toledo

    Assesora fiscal en GyL Asesores