Diciembre es un mes lleno de tradiciones y para muchas empresas, las cestas de Navidad y las cenas de fin de año se han convertido en un gesto de agradecimiento a los empleados y clientes. Sin embargo, para las empresas y negocios, existen cuestiones fiscales que suelen generan dudas frecuentes como por ejemplo ¿cómo tributan las cestas que se regalan a los trabajadores? ¿Se pueden deducir como gasto en el Impuesto sobre Sociedades? ¿Qué ocurre con el IVA de estos regalos a clientes y trabajadores?
Por ello, en este artículo analizaremos de manera sencilla todo lo que necesitas saber para gestionar correctamente estos gastos y cumplir con la normativa fiscal, contable y laboral.
Cómo tributan las cestas y cenas de Navidad para los trabajadores
Según la normativa tributaria, las cestas de Navidad son consideradas una retribución en especie. Esto significa que deben incluirse en la Base Imponible del IRPF del trabajador. Además, desde 2014, estas retribuciones también se suman a la base de cotización de la Seguridad Social, lo que obliga a las empresas a practicar una retención en concepto de ingreso a cuenta. Esta retención puede ser asumida por la empresa o repercutida al empleado, afectando al importe final percibido por el trabajador.
Para poder tener controlados los impuestos relacionados con dichas retribuciones utiliza el software CAIFIS. Podrás calcular automáticamente las retenciones aplicables y los ingresos a cuenta necesarios para el IRPF de los trabajadores, así como determinar la deducibilidad de los gastos en función de su naturaleza.
Cómo tributan las cestas y cenas de Navidad para las empresas
En este apartado vamos a explicar cuál es el funcionamiento a nivel fiscal en cuanto al Impuesto sobre Sociedades e IVA ya que el tratamiento es diferente para cada uno de estos impuestos.
DEDUCIBILIDAD EN EL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES. La deducción de estos gastos depende de su vinculación con las actividades de la empresa y de que puedan calificarse como gastos de relaciones públicas.
- En el caso de cestas para empleados, es necesario demostrar que estas son una práctica recurrente y forman parte de los "usos y costumbres" de la empresa. En caso de ser un gasto ocasional o del primer año que se lleva a cabo esta práctica, no será deducible.
- Regalos a clientes o proveedores: Para estos casos, el gasto debe justificarse como promocional, reflejando su personalización (por ejemplo, con el logotipo de la empresa). Su deducción está limitada al 1% del importe neto de la cifra de negocios, excepto en casos de gastos específicos como muestras gratuitas, que no tienen este límite.
Un software de gestión fiscal te facilita el almacenamiento y organización de facturas y justificantes, clave para defender la deducción de estos gastos ante una inspección fiscal.
Tratamiento a efectos de IVA
La deducción del IVA asociado a las cestas y cenas de Navidad está restringida ya que, según la Ley del IVA, no es deducible el impuesto soportado en bienes o servicios destinados a asalariados, clientes o terceras personas, salvo en excepciones como objetos publicitarios de escaso valor, es decir aquellos cuyo importe es inferior a 200 € anuales por destinatario, y que lleven la marca de la empresa.
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Miércoles 4 de diciembre 2024
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